El Consejo del
IMD ha aprobado los pliegos de 10 instalaciones deportivas con un modelo que,
de acuerdo a los estudios realizados de los centros deportivos, incluye
periodos de concesión de la gestión de tres años prorrogables otros dos,
contempla ayudas a la explotación a las entidades, limita las tarifas a los
precios públicos aprobados por el Pleno, incorpora cláusulas sociales y asume
por parte del IMD las inversiones de adaptación y mejora.
Los pliegos de
condiciones se han aprobado de acuerdo con los servicios jurídicos y la
intervención municipal tras ocho meses de trabajo y de análisis de distintas
propuestas.
El
Consejo del Instituto Municipal de Deportes ha aprobado el nuevo modelo de
pliegos para la concesión de la gestión de instalaciones deportivas diseñado
con una finalidad social y tras realizar un detallado estudio de la situación
de cada uno de los centros deportivos y de las distintas entidades que
gestionan instalaciones en la ciudad. De este modo, este modelo se aplicará
inicialmente en las diez primeras instalaciones deportivas cuya concesión de
acuerdo con los pliegos aprobados en el mandato anterior, ya ha concluido. Se
trata de los centros deportivos de Demetrio Pichel, Antonio Álvarez, La
Ranilla, José López Soto, Los Mares, San Jerónimo Parque, Calavera, San Pablo
Fútbol, Antonio Puerta y Santa Justa. Los pliegos aprobados en el Consejo del
IMD se han elaborado de acuerdo con los servicios jurídicos y la intervención
del Ayuntamiento después de ocho meses de trabajo técnico y del análisis de
distintas propuestas.
Los
nuevos pliegos se adaptan a la demanda social y a los usos de cada uno de los
barrios diferenciando en función de las instalaciones y de la situación de los
centros deportivos las líneas de ayudas a la explotación o el cobro de canon.
De esta forma, en la mayor parte de las instalaciones, dada la situación social
de los barrios en los que se ubican, se ha optado por aplicar ayudas a la
explotación que garanticen el adecuado funcionamiento de los centros deportivos
y la prestación del servicio. Sólo en aquellos centros deportivos en los que
hay un mayor nivel de ingresos que de gastos se han aplicado un canon, aunque
por importes mínimos de acuerdo a los estudios económicos de cada instalación.
Cada pliego por tanto está adaptado a las necesidades y a las peculiaridades de
la zona.
En
cualquier caso, además, la oferta económica tendrá el mínimo peso posible en el
proceso de las licitaciones de forma que la adjudicación esté principalmente
condicionada por el plan de gestión deportiva que presenten las entidades que
concurran a los procesos. Se evaluarán
principalmente así cuestiones como el número de horas con actividades de
integración, la propuesta para colectivos en riesgo de exclusión social, o los
horarios de apertura. En segundo lugar, se valorarán las tarifas ofertadas
estableciendo en cualquier caso como importe máximo los precios públicos
aprobados por el Consejo del IMD y por el Pleno del Ayuntamiento, incorporando
por tanto todas las prestaciones y ayudas sociales principalmente para la
población desempleada. No será posible,
además, el cobro de taquillas salvo en los casos de encuentros de categoría
seniors o de carácter autonómico o estatal.
Por
último, la oferta económica en relación con el canon o las ayudas a la
explotación, tendrá la menor valoración posible de acuerdo a los servicios
jurídicos municipales.
Del
mismo modo, se han tomado dos decisiones que se han incorporado a este modelo.
Por un lado, todas las inversiones vinculadas a obras necesarias para las
adaptaciones técnicas a la normativa vigente o para la reposición de elementos
cuya vida útil finalice durante la concesión serán asumidas por parte del IMD
de forma que no recaiga sobre la entidad el peso de la ejecución de las
inversiones. Asimismo, y a petición de los propios clubes que desarrollan su
actividad en las distintas zonas afectadas por los pliegos se ha decidido
ampliar los periodos de concesión a un periodo más largo de tres años
prorrogables otros dos.
Tal
y como ha aprobado el gobierno de la ciudad por resolución de Alcaldía, los
pliegos de licitación de las instalaciones deportivas aprobadas por el Consejo
del IMD incorporan una primera adaptación al modelo de cláusulas sociales de
forma que se obliga a los adjudicatarios de las instalaciones a no minorar
unilateralmente las condiciones de trabajo del personal contratado, así como a
no incrementar la tasa de temporalidad.
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