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CONFERENCIA PSOE: Trabajaremos por un Empleo de Calidad

 Vista de la Comisión de Economía y Empleo de la Conferencia Política
Con este post comenzamos una serie de artículos en los que iremos dando a conocer las resoluciones de la Conferencia Política del PSOE, celebrada este fin de semana en Madrid.

En el que hoy publicamos, los y las socialistas se comprometen a luchar contra la precariedad laboral mediante varias medidas como “establecer una cuantía absoluta de indemnización de 6.000 euros por cada condena judicial declarando que la relación laboral entre las partes era de carácter indefinido” e incrementar “sustancial de las cotizaciones de los contratos temporales compensando una posible reducción de las cotizaciones de los contratos indefinidos” entre otras medidas.

Ni siquiera en momentos de grave crisis económica debemos renunciar al discurso de la defensa de la calidad en el empleo. Es verdad que es muy difícil hablar de calidad en el empleo cuando lo que sucede es que no lo hay y más de 6 millones de personas están desempleadas. Pero la experiencia vivida en la gestión de la crisis nos ha demostrado la certeza de la convicción de que la precariedad no crea empleo y sí una mayor desigualdad.

Es más, la necesidad de generar empleos en nuestra economía debe ser inherente a la mejora de la calidad de los mismos. Porque, siendo imprescindible elevar nuestro nivel de empleo, lo es igualmente hacer que este sea más productivo, seguro y estable. Se trata no solo de impulsar la creación de empleo, sino de reforzar el valor del trabajo como elemento esencial de las capacidades de desarrollo económico y social del país. Es necesario abrir un debate en nuestra sociedad sobre la reducción de la jornada laboral de trabajo. No sólo como una medida de reparto del empleo y, por tanto, de creación de nuevos puestos de trabajo en una situación de desempleo como la actual, sino también como nicho de una nueva concepción sobre el tiempo de trabajo que no prime el presentismo y prolongación de las jornadas, sino la productividad, la creatividad y el talento que aportan los/as trabajadores/as a la empresa.

En este sentido, el elevado nivel de precariedad que caracteriza el mercado laboral español es incompatible con el necesario cambio en el modelo de crecimiento y del empleo que requiere nuestra economía. Una precariedad que se refleja sobre todo en el elevado volumen relativo de trabajadores/as que poseen una relación contractual de carácter temporal (el segundo más alto de la Unión Europea), en su inmensa mayoría de forma involuntaria. En cualquier caso seguiremos defendiendo modalidades de contratación laboral como el contrato “fijo-discontinuo” como modelo para garantizar cierta estabilidad laboral y económica, en economías ligadas a la estacionalidad del producto turístico.

Ninguna reforma laboral hasta el momento ha sabido corregir esta  situación. En buena medida, porque los resultados del mercado laboral son derivados de la estructura y modelo productivos del país. Pero también porque estas reformas no han tenido la capacidad de cambiar comportamientos que se arrastran desde hace décadas, y que han aprovechado los incentivos perversos que ha establecido nuestro sistema de contratación, en especial algunas modalidades contractuales de fácil y muy barata extinción e insuficientes o ineficaces mecanismos de control.

Así, el contrato de carácter temporal se ha utilizado como mecanismo de abaratamiento permanente de costes, perverso instrumento de flexibilidad empresarial (externa), y canal de inserción de los trabajadores/as, funciones todas ellas impropias y de efectos indeseables, pero que se han generalizado en el mercado laboral. A veces parece olvidarse que los perjudicados no son solo los trabajadores, sino también las empresas y, desde luego, el sistema productivo de nuestro país. Porque la temporalidad tiene un indiscutible impacto en localidad del trabajo, lo que reduce la productividad y la competitividad de las empresas; al tiempo que reduce los salarios de los trabajadores y, en general, lleva aparejada un deterioro de las condiciones de trabajo.

Por si no fuera poco, la reforma laboral impuesta por el Gobierno del Partido Popular ha agravado de forma drástica esta precarización de las condiciones laborales en nuestro país, promoviendo un mercado laboral más ineficiente e injusto. Y ha insistido en una progresiva reducción de las garantías de aquellos trabajadores con contrato indefinido, elevando la precariedad global del mercado de trabajo, instalando en los trabajadores una sensación de miedo a perder sus trabajos y por eso que tengan que someterse a todo lo que exija la empresa. Teniendo constancia de este triste y vil empeoramiento en las condiciones laborales de muchos trabajadores los socialistas exigimos y planteamos un incremento de la vigilancia y lucha contra la vulneración e incumplimiento de los derechos y condiciones laborales, en un contexto en el que la normativa laboral. Los socialistas defendemos un Estado garante del obligado cumplimiento de la normativa laboral vigente.

Por eso es urgente recuperar la centralidad del principio de estabilidad en el empleo. Y ello exige partir del reconocimiento de la causalidad de la contratación como rasgo referencial de nuestro sistema de entrada y salida en el mercado laboral. Así, en la medida en que ha sido la quiebra de facto de la causalidad la que ha originado la elevada precariedad actual, parece adecuado reforzarla con actuaciones desde diversas ópticas, que, incorporando diversas medidas que no se han explorado hasta ahora de forma decidida, pueden ser reconducidas a dos grandes esferas.

En primer lugar, la lucha contra la precariedad debe venir de la corrección de abusos en la contratación temporal a través de un reforzamiento efectivo de la causalidad de estas modalidades contractuales:

Limitar de manera más estricta el encadenamiento de contratos temporales, acortando el tiempo máximo de referencia para la conversión del contrato en indefinido y limitando el número máximo de renovaciones; reformar la legislación laboral para reforzar la protección del trabajador que reclame la conversión de su trabajo temporal encadenado en uno indefinido, para combatir el miedo al despido que existe si se denuncian estas prácticas laborales abusivas;

Establecer como contenido mínimo de los convenios colectivos la determinación de un porcentaje máximo de contratación temporal admisible en la/s empresa/s, sancionando con la presunción de indefinición iuris et de iure los contratos temporales que sobrepasen el umbral de temporalidad establecido y con la nulidad el despido de los/ as trabajadores/as afectados/as;

Desvincular el contrato de obra o servicio determinado del fenómeno de la subcontratación laboral; Y combatir la mala utilización de este tipo de contratación en lugar de figuras como la del fijo discontinuo, especialmente grave en sectores como el turístico o el alimentario.

Controlar la temporalidad injustificada en el ámbito de las Administraciones Públicas y del tercer sector;

En línea con la imposición de responsabilidades económicas reforzadas del sistema francés, establecer una cuantía absoluta de indemnización de 6.000 euros por cada condena judicial declarando que la relación laboral entre las partes era de carácter indefinido por haber sido ilegal la contratación temporal efectuada: se trata de una indemnización fija que no depende ni de la antigüedad del/a trabajador/a en la empresa ni de la duración del contrato;

Evitar la temporalidad “deslaboralizada” mediante el establecimiento de mecanismos de seguimiento y control del uso indebido del trabajo autónomo y de los programas de prácticas no laborales y becas en las empresas, para evitar que reemplacen la contratación laboral e impedir el encadenamiento entre las becas y los contratos en prácticas.
De otra parte, hay que aproximar los costes de los contratos indefinidos y temporales, de manera que la temporalidad sea más costosa y se convierta en una excepción frente a la regla, que debe ser el contrato estable:

Incremento sustancial de las cotizaciones de los contratos temporales compensando una posible reducción de las cotizaciones de los contratos indefinidos;

Establecimiento de un sistema de cotizaciones decrecientes en función de la prolongación en el tiempo del contrato de duración indefinida; Establecer un sistema de control de los contratos a tiempo parcial para evitar que sean cobertura de trabajos de largas jornadas, a baja cotización y sueldo.

Establecimiento de un modelo bonus-malus en la cotización por desempleo, de manera que aquellas empresas que superen los índices de temporalidad media habidos en el sector de actividad al que pertenezcan tengan un plus de cotización y aquellas que estén por debajo de dicho índice tengan un reducción en la misma.

En paralelo a las medidas anteriores, la estabilidad en el empleo también exige que reforcemos el principio de causalidad en la extinción de la contratación indefinida. Frente a posiciones que vinculan la facilidad en el despido con la creación de empleo, que la reforma laboral de 2012 ha demostrado fallidas e incorrectas, debemos recuperar el debate de la causalidad en la extinción del contrato de trabajo.

Ello está en línea con el reconocimiento del derecho al trabajo que hace nuestra propia Constitución, en su artículo 35, y con la Carta Comunitaria de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como en la garantía de la causalidad en los despidos que impone el Convenio 158 de la OIT.

Pero hay más: la plena preservación de la causalidad en el despido constituye una pieza clave para el desarrollo de unas relaciones laborales en las que la incorporación de la flexibilidad no se realice en detrimento de la seguridad de los trabajadores/as. No debemos olvidar que la causalidad del despido actúa como factor de impulso de las medidas de flexibilidad interna, escasamente utilizadas hasta la fecha precisamente porque existe una enorme facilidad para despedir.

Además, en el terreno de los valores, que para los socialistas debe ser tan importante como la lógica económica, el principio de causalidad del despido recupera la idea de ciudadanía en la empresa. De ahí que nuestra propuesta debe ser una revisión a fondo de las causas de los despidos económicos, para que, en todo caso, deban respetarse los principios de objetividad, razonabilidad y proporcionalidad de las medidas propuestas por la empresa ya que, además la reforma laboral del Partido Popular ha venido a convertir las causas económica en la excusa perfecta para los despidos. Debemos potenciar el tejido de inspección de trabajo, que deben realizar informes sobre las causas de despidos colectivos y EREs laborales.

Puedes leer el documento completo cliqueando aquí.

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