ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS PARA PRIMARIA DE MATERIAL DE PAPELERÍA “EMPIEZA EL COLE-NORTE 2015”
Desde hoy y
hasta el 23 de octubre, padres y madres de alumnas/os de los colegios García
Lorca y Buenavista pueden solicitar las ayudas del programa “Empieza el
Cole-Norte 2015”, tal y como publicó ayer el Boletín Oficial de la Provincia,
que se puede consultar cliqueando aquí, y también llamando al 95 547 20 40
Con estas
ayudas, el Ayuntamiento de Sevilla pretende ayudar a familias, con menores en
edad escolar, empadronados en el Distrito Norte y matriculados en el próximo
curso en algunos de los Colegios de Primaria, para paliar en parte el gasto en
material de papelería imprescindible para el curso escolar 2015/2016.
En
el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla se publicó la Convocatoria para
la concesión de subvenciones en especie «Empieza el Cole-Norte 2015», para
sufragar parte de material escolar a alumnos/as matriculados en centros públicos
o concertados del Distrito Norte en el nivel de educación primaria, para el
curso 2015-2016.
Aunque
los ayuntamientos no tengan competencia en materia escolar, la actual
corporación ha considerado necesaria crear estas ayudas porque con el inicio
del curso escolar 2015-2016 las familias deben afrontar importantes gastos
derivados de la escolarización, entre ellos los relacionados con materiales no
inventariables fungible como cuadernos, lápices, etc.
Y
es que en la difícil situación que atravesamos, existen muchas familias con
escasos recursos económicos que precisan apoyo para atender a los menores
durante el inicio del curso escolar. Y por ello, con esta convocatoria de
ayudas se pretende entregar material escolar fungible (cuadernos,
bolígrafos,...) a las familias más desfavorecidas del Distrito en la vuelta al
colegio en estos difíciles momentos.
De
esta forma se han establecido un total de 100 ayudas de 40 euros cada una,
hasta un total de 4.000 euros.
Según
se establece en la base de ayudas, las mismas no se adjudicaran, en ningún
caso, por orden de llegada sino que, cuando no existan bonos suficientes para
atender todas las solicitudes, se baremarán de la forma siguiente:
a) Que el menor
pertenezca a una familia con la condición de monoparental 10 puntos. Se
entenderá que concurre esta circunstancia, cuando se trate de menores a cargo
de uno solo de sus progenitores, ya sea por separación, divorcio o que tras la
ruptura de la convivencia de los mismos, en caso de parejas no casadas, hayan
quedado reguladas legalmente las medidas relativas a su guarda y custodia.
Acreditación de esta condición: Fotocopia de sentencia judicial, demanda, auto
de medidas provisionales u otra equivalente que se considere suficiente.
b) Que el menor
pertenezca a una familia con la condición de numerosa 10 puntos. El concepto de
familia numerosa que se tendrá en cuenta a efectos de su valoración será el
establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de
protección a las Familias numerosas. Acreditación de esta condición: Fotocopia
de la tarjeta de familia numerosa, o documento equivalente, de los menores para
los que se solicita la ayuda.
c) Que el menor
pertenezca a una unidad familiar (padres y/o tutores o guardadores legales y
menores para los que se solicita la ayuda) cuyo/s representante/s legal/es se
encuentren desempleados conforme a lo que sigue: – En el caso de encontrarse en
situación de desempleo ambos progenitores; o en el caso de familia
monoparental, padre, madre y/o tutor o guardador legal en situación de
desempleo 10 puntos – En el caso de encontrarse en situación de desempleo uno
solo de los progenitores 5 puntos. Acreditación de esta condición: Fotocopia de
la Tarjeta de demanda de empleo de uno o ambos progenitores desempleados, en su
caso, debidamente sellada y actualizada. 7.3.
La
puntuación total que obtengan los solicitantes, pero en en el caso de que la
demanda sea superior a la oferta se realizara un sorteo público, de la forma
siguiente: Todas las solicitudes validas de admisión y empatadas, previa
baremación, se ordenaran alfabéticamente, por apellidos y nombre del
solicitante que conste en primer lugar, y se numeraran de forma correlativa,
desde el numero 1 hasta el último de los solicitantes. Se determinara, por
sorteo, un número y la tendencia a seguir, ya sea ascendente (1,2,3,4...) o
descendente (4,3,2...), que será el resultado del sorteo. A continuación, se
asignaran los bonos canjeables en el sentido y a partir del número, que se fije
en el sorteo, hasta agotar el cupo total de bonos canjeables existentes.
Las
solicitudes se podrán presentaran en el Registro General Auxiliar del Distrito
Norte, situado en la en calle Estrella Proción número 8 de Pino Montano.
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