IMPUESTOS Y TASAS A FAMILIAS SE CONGELAN EN 2016 Y SE INCENTIVA LA CONTRATACIÓN CON AYUDAS A AUTÓNOMOS Y EMPRENDEDORES
El
delegado de Hacienda y Administración Pública, Joaquín Castillo, presentó ayer
la propuesta de Ordenanzas Fiscales de Sevilla para el año 2016 que se remiten
a lo largo del día a los portavoces de los grupos políticos, los agentes
sociales y económicos y el interventor del Ayuntamiento, al tiempo que se ha
enviado al CES para su pronunciamiento. De entrada, Castillo consideró que es
una propuesta para el diálogo y el consenso, justa, equilibrada, innovadora, marcadamente
social y muy comprometida con la reactivación de la economía y el fomento del
empleo en la ciudad, y con la que las
familias “no pagarán ni un euro más que
en 2015” y sólo se exigirá un esfuerzo a las grandes empresas con los
valores catastrales más elevados, un esfuerzo que, sin embargo, podrá ser
compensado si aumentan las plantillas con puestos indefinidos.
El
delegado desglosó los tributos sobre los que el Ayuntamiento puede actuar y que
procurarán amortiguar la bajada de los ingresos aportados por el Estado en 6
millones de euros, permitiendo así no acudir al endeudamiento para poder
realizar inversiones durante el próximo ejercicio.
En
concreto, el Impuesto de Bienes
Inmuebles (IBI) se congela para las familias pese a la actualización de los
valores catastrales del 10 por ciento solicitada al Ministerio de Hacienda tras
años sin acometerse, congelación posible al aplicarse un índice de corrección
que dejará el tipo impositivo en el 0,733 por ciento frente al 0,867 que le
corresponde en 2015.
El
coordinador general de Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de
Sevilla, Ignacio Pérez Royo, puso un ejemplo. Una vivienda de 50.000 euros de
valor catastral paga un recibo de IBI en 2015 de 403 euros, igual que en 2016
pese a que su valor catastral se actualizará hasta 55.000 euros (el 10 por
ciento). “Ninguna familia pagará más”, ha recalcado Joaquín Castillo. Por
tanto, con carácter general: tipo del 0,733 por ciento.
En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana (o de plusvalías) se producirá una rebaja al 26,8 por ciento,
frente al 29,5 por ciento vigente, con carácter general y se reduce
para viviendas adquiridas en los últimos cinco años que no se beneficiaron del
boom inmobiliario previo, de manera que se
neutralizan completamente los efectos de la actualización de los valores
catastrales en 2016. La tasa de basura, asimismo, se congelará y se
suprimirá para los locales vacíos. El sello del coche se congelará también y el
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) bajará un 4 por
ciento. Y a todo esto hay que agregar
unas tarifas para Tussam sin variación y con más promociones para los estudiantes
y jóvenes.
El impulso a
los emprendedores y el empleo
Pero
las verdaderas “señas de identidad y
principales innovaciones” de la propuesta de ordenanzas fiscales, según coincidieron
Castillo y Pérez Royo, son las medidas para contribuir a la reactivación
económica y la generación de empleo. Así, se
crea un cheque fiscal para empresas y se adopta el modelo de vacaciones fiscales
para el emprendedor y el autónomo.
Ese
cheque fiscal tendrá un importe de 250 euros multiplicado por el porcentaje en
que aumente la plantilla media durante 2016 sin límite máximo. Por ejemplo,
para una empresa que incremente la cifra de trabajadores un 1,5 por ciento, el
resultado alcanzará los 375 euros. Esta cuantía podrá destinarse a absorber un
50 por ciento del recibo del IAE, un 15 por ciento del IBI y un 60 por ciento
de la tasa de basuras correspondientes a 2017.
Y
en cuanto a las vacaciones fiscales, se
prevén exenciones fiscales y bonificaciones en el IAE para los primeros años de
actividad de una nueva empresa. En concreto, exención total durante los dos
primeros años y, asimismo, una bonificación del 50 por ciento en la cuota
durante los tres años siguientes. Los emprendedores también tendrán bonificaciones
en la tasa de basura durante sus tres primeros años (del 50 por ciento) y
bonificaciones dentro del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras para
reformas y obras en sus locales (15 por ciento).
Específicamente
para autónomos, los desempleados tendrán una bonificación del 50 por ciento en
la tasa por la prestación de servicios urbanísticos (tasa urbanística) si
deciden abandonar las listas del paro y hacerse autónomos y también quienes, no
estando oficialmente registrados en el Servicio Andaluz de Empleo, si se
hubieran convertido en autónomos dentro del mes inmediatamente anterior a la
solicitud de la licencia.
Ignacio
Pérez Royo resaltó que, por primera vez en este Ayuntamiento, se han unificado las bonificaciones para la
creación de empleo eliminando así la dispersión de las ordenanzas
anteriores, cuyo resultado fue que “nadie
en Sevilla las solicitara en los dos últimos años”.
Joaquín
Castillo consideró que “muchas” de
las medidas a lo largo de estas ordenanzas contribuyen a la reactivación del
sector de la construcción y, por tanto, del empleo en este sector tras la
crisis inmobiliaria.
El esfuerzo
a los grandes
En
el caso del IBI para inmuebles urbanos no residenciales (no viviendas), el
equipo municipal de Hacienda ha optado por recurrir a la “ventana de progresividad” que deja abierta la legislación estatal.
Se aplica, pues, un recargo para un 10 por ciento de estos inmuebles que
representan los mayores valores catastrales en esta ciudad, con un tipo de
gravamen incrementado del 1,15 por ciento (una subida del 4 por ciento). Sólo
un 0,97 por ciento del total de liquidaciones por estos inmuebles se verán
afectados por este coeficiente reforzado, y coincide con grandes propietarios
de suelos y edificaciones, y no con 90 por ciento de las empresas y los comercios,
a los que no se aplica.
Pero,
además, tal esfuerzo fiscal a nivel municipal quedará minorado por el carácter
deducible del IBI en la tributación estatal que grava las rentas por alquiler o
por el ejercicio de actividades económicas que se desarrollen en estos
inmuebles.
Para
el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), congelado al menos desde 2003
(incluso antes, 1996, sin contar con la reforma estatal del tributo), se
aumentará el coeficiente de situación o de calle (de competencia municipal y
diferente según cuál sea la calle del local donde se ejerce la actividad) un 15
por ciento. Este recargo, sin embargo, cabe recuperarse en parte cuando se declara
el Impuesto de Sociedades, según recordó Pérez Royo, quien detalló que, al
excluirse a las empresas y profesionales con facturación inferior al millón de
euros, ese aditivo sólo afectará al 8 por ciento del tejido productivo de
Sevilla.
La
solidaridad en las ordenanzas
Otra
de las grandes novedades de la propuesta de ordenanzas fiscales para 2016 es
concebir bases reguladoras para las subvenciones destinadas a la atención de
las circunstancias de dificultad social, personal o familiar, incluyéndose en
su caso las situaciones de urgente necesidad y de emergencia social, que no
entran en el apartado de convocatorias de concurrencia competitiva.
Y en este ámbito solidario, se contemplan, asimismo, bonificaciones del IBI para las VPO (50 por ciento de la cuota durante tres periodos impositivos adicionales a los actuales tres años, vencidos los cuales la bonificación pasará a ser del 30 por ciento durante los siguientes tres años); bonificaciones en el ICIO de las obras relativas a VPO (50 por ciento del ICIO para obras de nueva planta); bonificaciones del IBI para familias numerosas, ya existentes pero con actualización de sus coeficientes para así evitar el efecto de la subida de los valores catastrales, y también en las licencias urbanisticas (el 50 por ciento en reformas); y tarifas especiales para la instalación aparcabicis y obras de mejora de accesos en viviendas para personas con movilidad reducida.
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